Dip. Eduardo Rivera Pérez
La Reforma Electoral del Estado sigue dando de qué hablar y no precisamente por lo “bien fundamentada” que está, ni sobre aquellos beneficios que pudiera aportar en materia de elecciones y ante un escenario en donde las irregularidades enturbian el panorama de los próximos comicios, Rafael Micalco Méndez, Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN y un servidor en días pasados informamos a la opinión pública que por conducto del Comité Ejecutivo Nacional se presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación que objeta dicha aprobación.
El hablar de presentar una acción de inconstitucional por la aprobación de una reforma que afecta de manera integral la vida política de nuestro país resulta un tema complicado y a su vez espinoso de tratar y para ello, es necesario conocer en qué consistió ésta. El PAN solicitó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estudie a fondo la legalidad con la que se llevó a cabo la aprobación y publicación de la Reforma Electoral pues ante los ojos de nuestra fracción, fue aprobada de manera unilateral por legisladores príistas.
La Reforma Electoral en el sentido más práctico encamina al establecimiento del “Día Nacional de Elecciones” en todas las entidades federativas homologando la realización de los procesos electorales en el primer domingo de julio. El punto que a nosotros los diputados del PAN nos hace reflexionar en el caso específico de Puebla es: ¿por qué no hacer efectiva la disposición de que los comicios se realicen en el mes de julio, si sabemos que a partir de la aprobación de la Reforma Electoral Federal sólo había un año de plazo y éste ya se cumplió hace tiempo?
La actitud de dejar para mañana lo que se pudiera realizar hoy, - es decir aplicar la vigencia de la reforma hasta el año 2013 - es sumamente cuestionable ya que, si analizamos lo único que esto provoca es un retraso en tiempos puesto que ha pasado más de un año de la aprobación y la actualización en materia legislativa no se ha llevado a cabo, mucho menos las reformas pertinentes en leyes secundarias. Realizando un comparativo con Puebla por llevar procesos electorales en las mismas fechas, Tlaxcala ya realizó las acciones debidas para poner en marcha esta disposición.
Ir aplazando lo que debiera ser prioritario nos hace definir que la fracción príista obedece a diversas razones políticas y ante ello, podemos vislumbrar una estrategia que permite ganar tiempo. El tablero de ajedrez de la política poblana está en uno de sus momentos más cruciales y el hecho de llevarse a cabo la reforma, haría que los movimientos de la sucesión gubernamental se vieran minimizados.
De realizarse en 2010 las elecciones en el mes de julio representaría un importante avance en materia electoral para el Estado de Puebla. Esto permitiría que se sentaran las bases para lograr la concurrencia de procesos electorales federales con locales y que se realizara con cabalidad el día Nacional de Elecciones como fue originalmente realizada la propuesta, pues, recordemos que el planteamiento de la reforma es evitarle a la ciudadanía el vivir cada año el proceso de campaña y elección.
Lo que nos parece fundamental es que el Congreso Local cumpla con el mandato de aplicación de dicha reforma.
Hoy el asunto está en manos de los ministros, sabemos que es un caso complejo porque genera escenarios difíciles por la futura determinación de la Corte pues de ser tomados como afirmativos nuestros puntos expresados, el escenario político poblano cambiaría de manera integral.
Por el momento nos encontramos a la espera de que la Suprema Corte resuelva los planteamientos vertidos. Ante tales hechos tenemos dos caminos a vislumbrar, de ser procedente la acción de inconstitucionalidad obligaría a realizar la modificaciones necesarias para que los poblanos elijamos Gobernador del Estado, Diputados Locales y 217 Presidentes Municipales con sus respectivos cabildos en julio de 2010, en caso contrario, la reforma aplicaría hasta julio de 2013.
Sabemos que el caso representa dificultad para analizar, estudiar y dar resolución dadas las circunstancias que se presentan pero, confiamos en que ésta sea revisada y se hagan las modificaciones conforme a derecho. Recordemos que los legisladores trabajamos por y para una ciudadanía que exige procesos transparentes, más participativos, menos despilfarro de recursos, entre otros temas relevantes
Estaremos atentos a lo que decida la corte.
* Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
La Reforma Electoral del Estado sigue dando de qué hablar y no precisamente por lo “bien fundamentada” que está, ni sobre aquellos beneficios que pudiera aportar en materia de elecciones y ante un escenario en donde las irregularidades enturbian el panorama de los próximos comicios, Rafael Micalco Méndez, Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN y un servidor en días pasados informamos a la opinión pública que por conducto del Comité Ejecutivo Nacional se presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación que objeta dicha aprobación.
El hablar de presentar una acción de inconstitucional por la aprobación de una reforma que afecta de manera integral la vida política de nuestro país resulta un tema complicado y a su vez espinoso de tratar y para ello, es necesario conocer en qué consistió ésta. El PAN solicitó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estudie a fondo la legalidad con la que se llevó a cabo la aprobación y publicación de la Reforma Electoral pues ante los ojos de nuestra fracción, fue aprobada de manera unilateral por legisladores príistas.
La Reforma Electoral en el sentido más práctico encamina al establecimiento del “Día Nacional de Elecciones” en todas las entidades federativas homologando la realización de los procesos electorales en el primer domingo de julio. El punto que a nosotros los diputados del PAN nos hace reflexionar en el caso específico de Puebla es: ¿por qué no hacer efectiva la disposición de que los comicios se realicen en el mes de julio, si sabemos que a partir de la aprobación de la Reforma Electoral Federal sólo había un año de plazo y éste ya se cumplió hace tiempo?
La actitud de dejar para mañana lo que se pudiera realizar hoy, - es decir aplicar la vigencia de la reforma hasta el año 2013 - es sumamente cuestionable ya que, si analizamos lo único que esto provoca es un retraso en tiempos puesto que ha pasado más de un año de la aprobación y la actualización en materia legislativa no se ha llevado a cabo, mucho menos las reformas pertinentes en leyes secundarias. Realizando un comparativo con Puebla por llevar procesos electorales en las mismas fechas, Tlaxcala ya realizó las acciones debidas para poner en marcha esta disposición.
Ir aplazando lo que debiera ser prioritario nos hace definir que la fracción príista obedece a diversas razones políticas y ante ello, podemos vislumbrar una estrategia que permite ganar tiempo. El tablero de ajedrez de la política poblana está en uno de sus momentos más cruciales y el hecho de llevarse a cabo la reforma, haría que los movimientos de la sucesión gubernamental se vieran minimizados.
De realizarse en 2010 las elecciones en el mes de julio representaría un importante avance en materia electoral para el Estado de Puebla. Esto permitiría que se sentaran las bases para lograr la concurrencia de procesos electorales federales con locales y que se realizara con cabalidad el día Nacional de Elecciones como fue originalmente realizada la propuesta, pues, recordemos que el planteamiento de la reforma es evitarle a la ciudadanía el vivir cada año el proceso de campaña y elección.
Lo que nos parece fundamental es que el Congreso Local cumpla con el mandato de aplicación de dicha reforma.
Hoy el asunto está en manos de los ministros, sabemos que es un caso complejo porque genera escenarios difíciles por la futura determinación de la Corte pues de ser tomados como afirmativos nuestros puntos expresados, el escenario político poblano cambiaría de manera integral.
Por el momento nos encontramos a la espera de que la Suprema Corte resuelva los planteamientos vertidos. Ante tales hechos tenemos dos caminos a vislumbrar, de ser procedente la acción de inconstitucionalidad obligaría a realizar la modificaciones necesarias para que los poblanos elijamos Gobernador del Estado, Diputados Locales y 217 Presidentes Municipales con sus respectivos cabildos en julio de 2010, en caso contrario, la reforma aplicaría hasta julio de 2013.
Sabemos que el caso representa dificultad para analizar, estudiar y dar resolución dadas las circunstancias que se presentan pero, confiamos en que ésta sea revisada y se hagan las modificaciones conforme a derecho. Recordemos que los legisladores trabajamos por y para una ciudadanía que exige procesos transparentes, más participativos, menos despilfarro de recursos, entre otros temas relevantes
Estaremos atentos a lo que decida la corte.
* Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
19/05/2009


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